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Algunos usuarios han obtenido el siguiente error al querer generar una factura y no se puede obtener el comprobante:
“CFDI40161 La clave del campo UsoCFDI debe corresponder con el tipo de persona (física o moral) y el régimen correspondiente conforme al catálogo c_UsoCFDI”
Este error aparece por los diferentes 3 diferentes casos:
• Cuando se está generando un comprobante fiscal en la versión 4.0. Al usar el CFDI 3.3 se timbra sin problema
• El receptor del comprobante, ósea el cliente, tiene como régimen fiscal Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios, del cual la clave en el catálogo del SAT es 605
• El uso de CFDI indicado para la factura es gastos en general
Para comprender la solución, es importante saber el correcto uso del CFDI para el receptor con el régimen indicado. El catálogo publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que es un archivo de Excel, contiene las claves del uso del CFDI que se permiten y cuales no, a que persona física o moral y el régimen fiscal del receptor que aplica. Por ello, los usos exclusivos de CFDI que aplican a personas físicas que se encuentran bajo el régimen de Sueldos y Salarios e Ingreso asimilados a Salarios (605) son los siguientes:
• D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
• D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
• D03 Gastos funerales
• D04 Donativos
• D05 Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación)
• D06 Aportaciones voluntarias al SAR
• D07 Primas por seguros de gastos médicos
• D08 Gastos de transportación escolar obligatoria
• D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones
• D10 Pagos por servicios educativos (colegiaturas)
• S01 Sin efectos fiscales
• CP01 Pagos
• CN01 Nómina
Teniendo en cuenta lo anterior podemos concluir que el error es que las personas que pertenecen al régimen de asalariados no pueden utilizar el CFDI “Gastos en general”
¿Cuál es la solución?
Pues existen 2 soluciones.
• Una de ellas es que si el cliente esta registrado en el SAT, deberás indicar otro régimen si el cliente desea utilizar como CFDI “Gastos en general”.
• Pero ¿si no está dado de alta en el SAT? Pues la segunda opción para solucionar es que tendrás que usar unos de los regímenes que se indicaron en la tabla arriba expuesta.
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